Ministra Castillo y Ley Ricarte Soto: “Estamos dando un paso inédito en la Salud Pública”

Ley Ricarte Soto

Ministra Castillo y Ley Ricarte Soto: “Estamos dando un paso inédito en la Salud Pública” 

La Secretaria de Estado calificó como un “hecho histórico para las asociaciones de enfermedades poco frecuentes” el financiamiento para los primeros 11 tratamientos priorizados este año

Santiago, 28 de octubre de 2015; La Ministra de Salud, Carmen Castillo, encabezó la actividad en que se dieron a conocer los 11 tratamientos que serán financiados a través del “Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo”, conocido como “Ley Ricarte Soto”.

Acompañada de todo su gabinete, la Secretaria de Estado destacó que “hoy es un día muy importante para el Ministerio de Salud, pues se está llegando a la fase final del proceso que nos permitirá contar con el primer listado de diagnósticos y tratamientos que serán financiados con este Sistema de Protección Financiera”.

En esa línea, la autoridad señaló que “esta Ley constituye un paso inédito en la Salud Pública y un hecho histórico para las asociaciones de personas con enfermedades poco frecuentes que han trabajado para que les sea reconocido su legítimo derecho a la Salud, algunas de las cuales hoy nos acompañan”.

Añadió que “la entrada en vigencia de esta Ley, que va a hacer dentro de muy poco”, constituye un avance más “en la seguridad social, en materia de solidaridad y justicia, y eso es muy importante para nosotros”.

El decreto publicado en el Diario Oficial establece que los siguientes tratamientos serán priorizados por el Sistema:

PROBLEMA DE SALUD TRATAMIENTO
MUCOPOLISACARIDOSIS TIPO I LARONIDASA
MUCOPOLISACARIDOSIS TIPO II IDURSULFASA
MUCOPOLISACARIDOSIS TIPO VI GALSULFASA
TIROSINEMIA TIPO I NITISINONA
ARTRITIS REUMATOIDE ABATACEPT O RITUXIMAB
ESCLEROSIS MÚLTIPLE FINGOLIMOD O NATALIZUMAB
GAUCHER TALIGLUCERASA O IMIGLUCERASA
FABRY AGALSIDASA
HIPERTENSIÓN PULMONAR GRUPO I ILOPROST INHALATORIO, AMBRISENTAN O BOSENTAN
PREMATUROS EXTREMOS CON DISPLASIA BRONCOPULMONAR PALIVIZUMAB
CÁNCER DE MAMA TRASTUZUMAB

GRADUALIDAD DEL SISTEMA

La Ministra Castillo explicó que “estos problemas de salud que están identificados, y que hemos estimado como los que corresponden iniciar el proceso de la Ley, serán revisados en 7 meses”, a objeto de incorporar nuevos diagnósticos y tratamientos. “Se trata algo progresivo”, declaró.

BENEFICIARIOS

La titular de la Cartera recordó que la “Ley Ricarte Soto” beneficia a todos quienes tengan un sistema previsional de Salud. Al entrar en vigencia la ley, serán “más de 4 mil 400 personas las que tendrán asegurado el financiamiento para problemas de salud que suelen tener costos inalcanzables”, precisó.

RECURSOS CONTEMPLADOS

Respecto a los montos destinados a este primer decreto, el Jefe de la División de Planificación Sanitaria del Ministerio de Salud, Bernardo Martorell, informó que equivalen a 30 mil millones de pesos. Mientras que en el año 2016, los recursos se duplicarán, llegando a los 60 mil millones de pesos. En tanto, el año 2017, el financiamiento será de 100 mil millones de pesos.

Puntualizó que el Sistema “funciona como un fondo separado del resto del presupuesto de la Nación” y subrayó que estos recursos “no se pueden usar con otros fines, por lo tanto, quedan protegidos si no se usan totalmente”, para sumarse en el siguiente régimen.

RED DE PRESTADORES

En tanto, la Subsecretaria de Redes Asistenciales, Angélica Verdugo, precisó que “la red de prestadores que tendrá la ley existe, tanto en el sector público como en el privado, Fuerzas Armadas y Carabineros. Lo que estamos haciendo es inscribiendo a los prestadores para la entrega de diagnósticos, tratamientos y de seguimiento”.

Para ello, “pueden inscribirse en la página Web, donde existe un formulario para realizar la inscripción”.

ENTRADA EN VIGENCIA

Sobre la entrada en vigencia de la Ley, el Subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, sostuvo que “el Decreto entra en vigencia cuando esté publicado en el Diario Oficial y para ello tiene que estar ‘Tomado en Razón’ por la Contraloría General de la República”.

En ese sentido, detalló que “no controlamos los tiempos de la Contraloría, pero sabemos que hasta ahora hemos tenido una tremenda colaboración y eso hay que agradecerlo, porque se han puesto la camiseta del país, con este esfuerzo que estamos haciendo como gobierno. Y han ayudado en hacer un trámite más expedito”.

¿QUÉ CUBRE EL SISTEMA?

  • En una primera etapa se considera el diagnóstico y tratamiento de las siguientes enfermedades: Mucopolisacaridosis Tipo I, Mucopolisacaridosis Tipo II, Mucopolisacaridosis Tipo VI,  Tirosinemia Tipo I, Artritis Reumatoide, Esclerosis Múltiple, Gaucher, Fabry, HT Pulmonar Grupo I, Prematuros extremos con Displasia Broncopulmonar, Cáncer de Mama.
  • Los tratamientos basados en medicamentos, dispositivos médicos y alimentos de alto costo con efectividad probada.
  • La efectividad de los tratamientos se evaluará desde el punto de vista científico, económico y social. Se incorporarán al fondo sólo aquellos que sean efectivos y seguros para los pacientes.

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